El gremio de médicos de El Salvador ha sido tradicionalmente uno de los mas luchadores y coherentes en las luchas reinvidicativas de El Salvador.
Su condición académica y la nobleza de su profesión se ganan el respeto y cariño del pueblo, asi como la fuerza de sus convicciones políticas.
De todos es recordada la heróica lucha que mantuvieron cuando la voracidad neoliberal amenazaba privatizar el sistema de salud pública y la solitaria y enconada lucha que mantuvieron hasta que lograron hacer retractar al gobierno ARENERO de sus negras intenciones.
Una de las instituciones encargadas de velar el cumplimiento de los deberes de la profesión médica es la Junta de Vigilancia de la profesión Médica que es electa por votación de los médicos registrados y autorizados para el ejercicio de su noble profesión.
Transcribo dos artículos su su ley orgánica para que sepan cual es la importancia de la junta de vigilancia de la profesión médica.
El documento completo está aqui.
http://www.mspas.gob.sv/pdf/ley_salud1.pdf
DECRETO No. 2699.-
Consejo superior de salud pública y de las juntas de vigilancia de las profesiones de salud.
Art. 6.- La elección de los representantes de los gremios para integrar el Consejo y las Juntas, se
efectuará en asamblea general de profesionales de cada gremio, convocada especialmente al efecto por el
Consejo Superior de Salud Pública. El voto deberá ser público y personal.
Esta convocatoria se hará con treinta días de anticipación, por lo menos, a la fecha señalada para la
reunión, por medio de un aviso que se publicará en el Diario Oficial y en algún otro de los de mayor
circulación de la capital. El Consejo, además del aviso, enviará dentro del plazo de la convocatoria una carta
circular a todos los académicos de la profesión de que se trate, recordándoles el lugar y la fecha en que se
celebrará la Asamblea General.
Esta se instalará en la ciudad de San Salvador, en el local, día y hora indicados en la convocatoria,
cualquiera que sea el número de académicos asistentes, y actuará bajo la Presidencia de los miembros del
Consejo en funciones, quienes no tendrán voto, a excepción de los académicos del gremio de cuya reunión
se trate.
Art. 10.- Son atribuciones de las Juntas de Vigilancia:
1) Llevar un registro de los profesionales de su ramo, en el cual inscribirán a todos los
académicos egresados o incorporados en la respectiva Facultad de la Universidad de El
Salvador, que a la fecha en que esta ley entre en vigencia, estén legalmente autorizados
para el ejercicio de la profesión, así como a los que estén ejerciendo mediante permiso
extendido por la Universidad.
2) INSCRIBIR EN EL REGISTRO DE PROFESIONALES A LOS ACADEMICOS QUE
RECIBAN SU TITULO EN LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR, SE
INCORPOREN A ELLA U OBTENGAN DE LA MISMA PERMISO PARA
EJERCER, ASI COMO TAMBIEN A LOS ACADÉMICOS QUE RECIBAN SU
TITULO EN CUALQUIERA DE LAS UNIVERSIDADES PRIVADAS. A ESTE
EFECTO LAS SECRETARIAS GENERALES DE LAS UNIVERSIDADES
COMUNICARAN INMEDIATAMENTE A LA JUNTA DE VIGILANCIA DE QUE
SE TRATE, HABER EXTENDIDO EL CORRESPONDIENTE TÍTULO; ASI MISMO
LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR
COMUNICARA ADEMAS LOS PERMISOS QUE EXTIENDA. (10)
3) Vigilar, por todos los medios adecuados, el ejercicio de la profesión correspondiente y
la de las respectivas actividades auxiliares a que se refiere el inciso 2º del Art. 2.
Velar porque esas mismas profesiones y actividades no se ejerciten por personas que
carezcan del título correspondiente, y exigir, en su caso, el estricto cumplimiento de
las disposiciones penales relativas al ejercicio ilegal de las profesiones.
4) Formular los anteproyectos de ley que regularán el ejercicio de la profesión cuya
vigilancia esté a su cargo, sometiéndolos a la aprobación del Consejo Superior de
Salud Pública para que éste, a su vez, con las modificaciones que estime oportunas,
los remita al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social para los efectos legales.
5) VIGILAR Y CONTROLAR EL FUNCIONAMIENTO DE DROGUERIAS,
FARMACIAS, LABORATORIOS DE PROTESIS DENTALES, LABORATORIOS
QUIMICOS, LABORATORIOS FARMACEUTICOS, LABORATORIOS
BIOLOGICOS, LABORATORIOS CLÍNICOS-BIOLOGICOS, GABINETES
RADIOLOGICOS, CASAS DE SALUD, HOSPITALES, CLINICAS DE
ASISTENCIA, GABINETES OPTICOS, CLÍNICAS VETERINARIAS Y DEMAS
ESTABLECIMIENTOS PARTICULARES DEDICADOS AL SERVICIO Y
ATENCION DE LA SALUD PUBLICA. (7)
6) Rendir dictamen razonado ante el Consejo Superior de Salud Pública en las diligencias
a que se refiere el literal g) del Art. 11.
7) Intervenir, a petición de parte, en aquellos casos en que, por cuestión de honorarios o
pago de servicios surja desaveniencia entre un profesional y su cliente, o entre un
establecimiento de los comprendidos en esta ley y la persona que por motivos de salud
recurriere a sus servicios. La resolución que al efecto se dicte deberá considerarse
únicamente como medida transaccional entre las partes, sin perjuicio de que, de
acuerdo con las circunstancias que acompañen al hecho, éste pueda considerarse como
referencia para estimar la conducta profesional del imputado.
8) Dictar su propio Reglamento Interno, sometiéndolo a la aprobación del Organo
Ejecutivo en el Ramo de Salud Pública y Asistencia Social. (7)
9) Nombrar, remover, aceptar renuncias y conceder licencias a su personal de empleados.
10) Elaborar su propio proyecto de presupuesto remitiéndolo al Consejo Superior de Salud
Pública.
11) Imponer las sanciones que la ley determine.
12) Hacer efectivo el servicio obligatorio de turnos a que se refiere el literal j) del Art. 11.
Como se puede observar esta junta rige mucha de las cosas que hacen de la profesión médica una labor humanitaria y entregada al servicio del prójimo asi como regula los abusos de las empresas privadas vinculadas con la Salud, por eso su importancia y el gobierno casi siempre ha ganado la elección.
Para la elección de la Junta de vigilancia se presentan ternas de propietarios y suplentes que tradicionalmente han sido: una del Ministerio de Salud y otra del Colegio Médico de El Salvador, y por la importancia de dicha gremial, el gobierno casi siempre ha recurrido a toda clase de artimañas para ganar la elección en su terna presentada que está de acuerdo con sus manejos.
Además el día de la elección llevan a los doctores empleados del sistema de salud bajo presión para que voten por sus candidatos.
El Año pasado se dió el caso de que las papeletas estaban numeradas igual que el talonario que firmaban los médicos lo cual podía ser utilizado para controlar por quien votaban los médicos y especialmente los que eran empleados del Ministerio de Salud Pública se sentían presionados a votar por la terna del Misterio.
Este año la cosa cambió, se exigió y logró que las papeletas carecieran de numeración pero el gobierno hizo otra jugada:
La ley dice que se debe avisar con 30 dias de anticipación el proceso de elección en el periódico oficial y en los de mayor circulación (adivinen cuales), y lo hicieron en el oficial (que casi nadie compra solo los comercios) en la fecha prevista pero en los periódicos fue publicada la convocatoria un día antes de la elección tratando de sorprender a los médicos pero desde el año pasado el gremio estaba alerta y de viva voz se hizo la convocatoria civil y en la noche del viernes 1o. de septiembre de 2006 (es decir AYER) se realizó la votación resultando ganadora la terna del colegio médico lo que significa un duro revés para las politicas del gobierno.
A pesar de que llegaron casi 800 médicos del ministerio de salud pública evidentemente "motivados" a votar por los candidatos oficiales.
Hasta donde se llevaba el recuento, la terna presentada por el Colegio Médico aventajaba por amplio margen a la del Ministerio de Salud y a menos que exista algún fraude o algo inesperado ellos ganaron la Junta de Vigilancia.
- Todavía estoy aqui.
En la elección estaban presentes algunas personalidades como el Ministro de Salud que llegó votó y se largó entre el desprecio de sus colegas, el Dr. Ricardo Mata ex candidato a la vicepresidencia por el FMLN otros destacados y médicos.
Es de notar que la plantilla del gobierno estaba conformada por hombres exclusivamente mientras que la del colégio médico tenía en su seno a por lo menos dos mujeres en su conformación.
Esto demuestra que el poder popular existe pero que si el pueblo está dormido se lo bajan como a un pendejo, sin embargo los médicos no pertenecen a esa categoría y su educación y preparación social los hace ser un gremio que va adelante y está alerta.
Esto es un ejemplo de como las luchas civiles pueden convertirse en políticas.
Felicidades al Colegio Médico de El salvador y a la nueva Junta de vigilancia de la profesión médica.
Y a todo el pueblo Salvadoreño únase a la Campaña:
"Ya no queremos mas atol con el dedo",
(Similar campaña se está haciendo en Nicaragua)
despierten y sepan de lo que la acción civil es capaz de hacer..... Nosotros... el pueblo tenemos el poder. entendámoslo y demostrémoslo.
Diximus
(Hemos dicho)